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Últimos días para acceder a la convocatoria de la Oposición de Murcia para Técnicos en Emergencias Sanitarias

El pasado 30 de diciembre, el Servicio Murciano de Salud publicó la convocatoria de pruebas selectivas para cubrir 23 plazas de la categoría de Técnico Auxiliar Sanitario, opción Emergencias Sanitarias/Conductor por los turnos de acceso libre y promoción interna. El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 31 de enero de 2018. Además de abonar […]

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El pasado 30 de diciembre, el Servicio Murciano de Salud publicó la convocatoria de pruebas selectivas para cubrir 23 plazas de la categoría de Técnico Auxiliar Sanitario, opción Emergencias Sanitarias/Conductor por los turnos de acceso libre y promoción interna.

El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 31 de enero de 2018. Además de abonar las tasas correspondientes, es necesario rellenar el formulario en el siguiente enlace:

https://sede.carm.es/sms/seleccion/oposiciones/home.xhtml

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Del total de plazas, 7 se cubrirán por turno de acceso libre y 16 por promoción interna. Os dejamos algunas de las normas publicadas a continuación:

1. Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas, por el sistema de concurso-oposición,
para cubrir 23 plazas de la categoría de Técnico Auxiliar Sanitario/opción
Emergencias Sanitarias/Conductor.
1.2.- Del total de plazas, 7 plazas se cubrirán por el turno de acceso libre.
1.3.- El resto, es decir, 16 plazas, se cubrirá por el turno de promoción
interna.
1.4.- Los ejercicios de la fase de oposición de uno y otro turno se celebrarán
en la misma fecha y hora.
1.5.- Aquellos aspirantes que no indiquen en su solicitud el turno por el que
desean participar serán incluidos de oficio en el de acceso libre.
1.6.- Los aspirantes que soliciten participar por el turno de promoción interna
y sean excluidos en la resolución provisional por no reunir los requisitos necesarios
para participar en el mismo, podrán ser admitidos en el turno de acceso libre si
reúnen los requisitos exigidos para ello y abonan la correspondiente tasa en las
entidades colaboradoras acreditadas para ello dentro del plazo de subsanación de
defectos.
1.7.- La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso
selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo
largo de todo el proceso, teniendo preferencia en la elección los que ingresen por
el turno de promoción interna sobre los del turno de acceso libre.

2. Fases del procedimiento selectivo.
2.1. – El proceso selectivo constará de las siguientes fases:
A) Fase de oposición.
B) Fase de concurso.
2.2.- En la convocatoria del turno libre la puntuación que se podrá alcanzar
en las fases de oposición y concurso será, respectivamente, del 60% y el 40% de
la puntuación máxima.
2.3.- A su vez, en la convocatoria de promoción interna, en la fase de
oposición se podrá obtener el 55% de la puntuación total y el 45% en la de
concurso.

3. Requisitos de los candidatos por el turno de acceso libre.
3.1.- Todos los requisitos establecidos en la presente base específica deberán
poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse durante todo el proceso selectivo.
3.2.- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o la de algún Estado miembro de la
Unión Europea. Podrán participar igualmente las personas incluidas en el ámbito
de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos previstos para los miembros de la Unión Europea.
Asimismo podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges
de ciudadanos españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión
Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los
de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de
veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Estar en posesión del título de Técnico en Emergencias Sanitarias o
Contar con la habilitación para la conducción de ambulancias asistenciales de los
modelos B y C en los términos previstos en la disposición transitoria segunda del
Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo.
Junto con ello, los interesados deberán estar en posesión de las licencias de
conducir específicas que sean exigibles conforme a la normativa de tráfico.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en
posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su
caso. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido
el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones
reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad máxima de
jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que
se deriven del correspondiente nombramiento, que se acreditará conforme a
lo previsto en la base específica 20ª de esta convocatoria en el plazo indicado,
quedando la toma de posesión supeditada a la superación de este requisito.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de
cualquier Servicio de Salud o Administración pública en los seis años anteriores
a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de
funciones públicas, ni en su caso, para la correspondiente profesión.
f) En el caso de de ser nacional de otro de los Estados mencionados en la
letra a), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
g) Haber abonado la tasa correspondiente a los derechos de participación en
el proceso selectivo.
h) No haber sido condenado mediante sentencia firme por alguno de los
delitos contemplados en el artículo 13.5 de Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero,
de Protección Jurídica del Menor.

3.3.- Los aspirantes de los demás Estados miembros de la Unión Europea o
de Estados extracomunitarios cuya lengua oficial no sea el castellano, deberán
acreditar su conocimiento mediante la realización de una prueba, en la que
exclusivamente se comprobará si poseen el nivel adecuado de comprensión oral
y escrita del castellano.
Dicha prueba, que tendrá una duración máxima de una hora, consistirá en la
redacción de un tema de carácter general propuesto en el acto y posterior diálogo
con una comisión designada por la Dirección General de Recursos Humanos del
Servicio Murciano de Salud que estará integrada por tres empleados públicos de
los subgrupos A1, A2 o C1. Al término de la prueba, dicha Comisión realizará
una propuesta de calificación del aspirante como “Apto” o “No Apto” conforme a
la que se le incluirá en la lista definitiva de admitidos o excluidos por medio de
Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud. Para poder ser
admitido, el aspirante deberá obtener la calificación de “Apto”.
3.4.- Quedarán exentos de realizar la prueba prevista en el apartado anterior
quienes estén en posesión del Diploma de español como lengua extranjera (B2)
regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado
de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de
idiomas, así como quienes acrediten haber prestado servicios en cualquier
Administración Pública española durante al menos un año y los que hayan
obtenido una titulación académica española.
A tal efecto, deberán indicar en el apartado correspondiente de la solicitud
si cumplen alguno de estos requisitos y presentar ante la Dirección General
de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud la documentación que lo
acredite hasta el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes.

4. Requisitos de los aspirantes por el turno de promoción interna.
Además de los requisitos antes citados, los aspirantes que concurran por el
sistema de promoción interna, deberán disponer de los siguientes:
a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio Murciano de
Salud y estar en situación de servicio activo o en otra que comporte reserva de
plaza en el citado organismo.
b) Contar con una antigüedad como personal estatutario fijo durante un
período igual o superior a dos años en una categoría/opción del mismo subgrupo
o inferior al que pertenezca la opción convocada.

Puedes consultar el resto de las bases en:

http://www.extfiles.murciasalud.es/recursos/ficheros/401459-8794-2017.pdf

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